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Montaña

Alexia

 

Consejo Escolar

  • Miembros
    • Presidente. Director del Centro
      • Pedro Luis Angujo Nuñez
      • Mª Ángeles Salgado Bragado
    • Representantes de la Entidad Titular del Cetro
      • Alberto Muñiz González c.s.v.
      • Victorino Rodríguez Merino c.s.v.
      • Juan Fco. Serrano Martín c.s.v
    • Representantes de los Padres de Alumnos
      • Juan Carlos Álvarez Rebollos
      • Begoña Beltrán Alonso
      • Mercedes Rodríguez Sanz
      • María del Pilar Vaca García
    • Representantes de los Profesores
      • Luisa Fernández Morillo
      • María García Muñoz
      • Isabel Revilla Carrasco
      • Marta Ruiz Presencio
    • Representante del Personal de Administración y Servicios
      • Juan Manuel Narciso Garmilla
    • Representantes de los Alumnos
      • Anyi Aguado Niño
      • Andrea Santos Méndez
    • Representante del Ayuntamiento
      • Encarna Velas Escribano
  • Sus competencias son:
    • Participar en la elaboración y aplicación del Proyecto educativo del Centro.
    • Aprobar, a propuesta de la Entidad Titular, el Reglamento de Régimen interior del Centro.
    • Aprobar y evaluar la Programación general anual del Centro que coordinará y elaborará el Equipo directivo.
    • Aprobar, a propuesta de la Entidad titular, el Presupuesto del Centro y la Rendición anual de Cuentas.
    • Intervenir en la designación y cese del Director pedagógico de acuerdo con lo previsto en los artículos 42 y 43 del presente Reglamento.
    • Intervenir en la selección y despido del profesorado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 8/1985, de 3 de julio, y en el artículo 16 del presente Reglamento.
    • Garantizar el cumplimiento de las normas generales sobre admisión de alumnos en niveles concertados.
    • Proponer al Equipo directivo medidas e iniciativas con el fin de favorecer la convivencia en el Centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos.
    • Elaborar las directrices para la programación y desarrollo de las actividades escolares comple-mentarias, actividades extraescolares y servicios escolares.
    • Proponer, en su caso, a la Administración la autorización para establecer percepciones a los padres de los alumnos por la realización de actividades escolares complementarias en niveles concertados.
    • Aprobar, en su caso, a propuesta de la Entidad titular, las aportaciones de los padres de los alumnos para la realización de actividades extraescolares y los servicios escolares en niveles concertados, si tal competencia fuera reconocida por la Administración educativa.
    • Establecer los criterios sobre la participación del Centro en actividades culturales, deportivas y recreativas, así como en aquellas acciones asistenciales a las que el Centro pudiera prestar su colaboración,